La Paz, Baja California Sur, 25 de marzo de 2020
Con base a la determinación tomada por las secretarías de Salud y de Educación Pública, de suspender labores escolares como medida preventiva ante la contingencia por el Coronavirus o Covid-19, a la cual el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) expresó su total respaldo.
Derivado de lo anterior, la Sección 3 del SNTE que dirige el profesor José Nicolás Gutiérrez Domínguez, hace del conocimiento de los Trabajadores de la Educación agremiados a la organización Sindical que, los pagos a generarse durante la segunda quincena de marzo y en el próximo periodo vacacional de Semana Santa 2020, se adelantarán para Educación Básica durante la segunda quincena del mes de marzo, quedando de la siguiente manera:
El Personal Docente de Educación Básica, recibirá: La 2da. quincena de marzo y 1ra quincena de abril, así como las siguientes prestaciones: Acumulado prestacional del concepto SC (Servicios Cocurriculares), prima vacacional federal de 3 días con base al sueldo tabular de cada trabajador, prima vacacional estatal equivalente a 10 días con base al sueldo tabular de cada trabajador y el bono de vida cara del mes de marzo.
Asimismo, el Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación de Educación Básica, recibirá: La 2da. quincena de marzo y 1ra quincena de abril, así como las siguientes prestaciones: Prima vacacional federal de 5 días con base al sueldo tabular de cada trabajador, prima vacacional estatal de 10 días con base al sueldo tabular de cada trabajador y el bono de vida cara del mes de marzo.
Por su parte el Personal Docente y de Apoyo y Asistencia a la Educación del Subsistema de Educación Media Superior y Superior, recibirán durante la 2da. quincena del mes de marzo, el pago de la 2da. quincena y el bono de vida cara del mes de marzo y a más tardar el viernes 3 de abril, el pago de la 1ra. quincena de abril y las siguientes prestaciones: Prima vacacional estatal 10 días con base al sueldo tabular de cada trabajador transferido: UPN, Normal Urbana, Normal Superior y CREN; Prima vacacional federal 6 días con base al sueldo tabular de cada trabajador transferido: UPN, Normal Urbana, Normal Superior y CREN; Así como la prima vacacional federal 6 días de sueldo tabular de cada categoría, a todo el personal de Educación Media Superior.